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Ley 121 de 2019: Una Nueva Visión del Adulto Mayor en Puerto Rico

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Accede el folleto informativo de la Nueva Ley 121 de 2019.
Desde la década de 1990, la Organización Mundial de la Salud estableció que “el envejecimiento activo es el proceso por el cual se optimizan las oportunidades de bienestar físico, social y mental, durante toda la vida, para ampliar la esperanza de vida saludable, la productividad y calidad de vida en la vejez”.

En línea con esta tendencia mundial, en el 2019 Puerto Rico adoptó legislación que abre la puerta para potenciar a nuestra población adulta mayor como activo económico y social. La Ley 121 del 2019, respaldada por AARP PR, sirve de punto de partida para cambiar el paradigma del envejecimiento y unirnos a la corriente mundial del envejecimiento activo.

Esta nueva ley presenta cambios importantes, comenzando por sustituir el término “persona de edad avanzada” por el de “adulto mayor,” utilizado a partir de la Declaración de Derechos presentada en la Asamblea Mundial sobre Envejecimiento del año 2002.
Además, se añaden áreas fundamentales de política pública para atender las necesidades de las personas mayores:
o Mejor acceso a servicios y recursos gubernamentales
o Iniciativas para extender la expectativa de vida saludable mediante el envejecimiento activo
o Propiciar el bienestar económico prologando la vida productiva laboral, promoviendo la planificación financiera y educando contra el fraude
o Desarrollo de vivienda y comunidades amigables a los mayores con acceso a servicios
o Promoción del valor y respeto a los mayores
o Acceso equitativo a mecanismos y procedimientos de justicia

Por otro lado, se expandió la Carta de Derechos de las Personas de Edad Avanzada de 1986, detallando los indicadores de salud y bienestar del envejecimiento activo:
o Salud, alimentación y familia;
o Trabajo;
o Asistencia social;
o Participación de procesos políticos y sociales;
o Principios jurídicos (disfrute de los derechos);
o Educación (inclusión en programas públicos y privados).

Para atender el aspecto de bienestar la nueva Carta de Derechos sienta las pautas para el funcionamiento, deberes y obligaciones de todas las agencias gubernamentales. Bajo este marco, el Departamento de la Familia es responsable de la coordinación interagencial para atender situaciones de maltrato de adultos mayores, como ente central para el cumplimiento de la ley. Asimismo, también se estableció el “Comité para la Implementación y Revisión” de la ley compuesto por las agencias clave del Ejecutivo, Cámara, Senado y el sector no gubernamental, incluyendo a AARP PR.

Por su parte, la Representante Jackie Rodríguez Hernández, quien colaboró en impulsar esta medida expresó: “la atención a los adultos mayores y la provisión de servicios para mejorar su calidad de vida, son prioridad para la Comisión que me honro en presidir. Con esta política pública de avanzada, establecimos responsabilidades claras y contundentes a las agencias gubernamentales en favor de esta población.”

Finalmente, la nueva Ley 121 forja una nueva visión de envejecimiento que servirá para propulsar un desarrollo económico y social sustentable, basado en ese baluarte nacional que es la población adulta mayor. Este cambio de paradigma es fundamental para continuar evolucionando política pública por la dignidad de las personas mayores.





PC2302.pdf


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